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    El día 1 de julio se puso en vigencia el cobro de la matricula anual para el periodo 2023-2024. Es importante conocer de donde surge el valor de la matricula actual. Como Uds. sabrán, de la misma se destinan 30.000 pesos anuales para los gastos de sostenimiento del Colegio (Sueldos del personal, impuestos provinciales y tasas municipales, gastos bancarios, servicios de luz, gas, agua y cloacas, sostenimiento de Consejo Superior, papelería, correo, otros impuestos y cargas sociales, seguros de la institución, honorarios de contadores, analistas de sistema, entre otros), siendo 63.000 pesos anuales los que están dirigidos al Fondo de Resguardo Profesional, que incluye:

    1. El seguro contraído con Federación Patronal por el monto de 10.000.000 de pesos, hasta dos causas anuales o sea que en algunos casos llega a 20.000.000 de pesos,

    2. Un seguro de caución, destinado a prevenir los embargos del patrimonio de los médicos , que se utiliza como mecanismo de presión en mediaciones judiciales,

    3. La actualización de las indemnizaciones de los colegas que tienen causas previas a la contratación del seguro

    4. Los gastos de honorarios de los abogados penalistas, los abogados destinados a las causas civiles y los peritos médicos.

    5. El sostenimiento del Passme, nuestro sistema gratuito de atención al médico enfermo por trastornos de salud mental y adicciones, derivados del ejercicio profesional.
    Este año en particular, con una inflación del 120%, la negociación con la empresa aseguradora fue muy complicada debido también a la alta siniestralidad que aumenta el costo, tenemos a 958 colegas con demandas en curso. Luego de largas reuniones se pudo actualizar la suma asegurada de 5.000.000 a 10.000.000 de pesos, que no solo mejora la situación del médico, sino que además se cumple con la exigencia de algunos financiadores y prepagas de poseer un seguro como el señalado para poder ser prestatario. Un dato importante también es continuar con el sistema Ocurrence de seguro, que es más costoso, pero que garantiza a los profesionales que será cubierto por causas anteriores a pesar de dejar de pagarlo por baja de la matricula, distinto al sistema Claim Made, que condena al médico a continuar con el pago en forma gradual.
    Para finalizar con esta información, cabe destacar que además de los 958 médicos demandados, estamos dando respuestas efectivas a 189 colegas bajo atención y seguimiento del Passme. Estas acciones se enmarcan en una política de solidaridad y protección medica que solo se puede llevar a cabo con el pago de la matricula.

    Cualquier duda o aclaración al respecto que Uds. posean, estamos a vuestra disposición, ya sea en forma personal o a través de los canales de comunicación. 

    El Fondo de Resguardo Profesional (FRP) en nuestro Distrito, fue creado por la Ley 12.043 en el año 1997, con el objetivo de brindar Cobertura Económica y Legal, tanto en los fueros Civil, Penal y Administrativo, por los hechos derivados de la correcta práctica Profesional. Ante la desmesurada magnitud del número de demandas algunos años después realizamos la contratación de una Póliza, con el objetivo de poder brindar una cobertura cierta a cada uno de los matriculados.

    En ese momento se nos abrían un par de posibilidades, contratar con una cláusula

    1. Claim Made, que entiende como siniestro, no el hecho motivador de la reclamación (así, por ejemplo, si los daños son consecuencia de una operación quirúrgica, la fecha de la operación), sino la reclamación formulada por el perjudicado de forma que ésta -la reclamación- sólo queda cubierta por la póliza si se efectúa durante el período de duración del contrato o en un plazo variable subsiguiente a la cancelación del mismo pero por hechos sucedidos durante su vigencia. Recíprocamente, limitan también la posibilidad de reclamar durante la vigencia del contrato por hechos acaecidos con anterioridad a su celebración, lo que plantea algunos problemas de cobertura en el caso de que un sujeto haya cubierto su responsabilidad civil sucesivamente con varias compañías; o

    2. una Póliza con Cláusula de Ocurrencia, Contando con esta cláusula, tendríamos la seguridad de que se cumplirá con todo lo establecido en el contrato durante el ciclo determinado, incluso luego de que el vínculo haya finalizado. Entonces, si la persona se ve en problemas por algún imprevisto ocurrido durante el plazo de vigencia del contrato de seguro, la aseguradora deberá hacerse cargo incluso si el contrato ya ha expirado. Al ser un respaldo mucho más completo para el beneficiario, es evidente que sus cuotas serán significativamente más costosas. Esto ya que la aseguradora deberá prepararse para posibles indemnizaciones que ocurran, incluso luego de que el contrato con el beneficiario finalice.

    Indudablemente y para no estar atados a los caprichos de las Aseguradoras, optamos por la segunda alternativa.

    Es así que venimos trabajando e intentando dar respuesta a todos los reclamos que reciben los profesionales, en Demandas Civiles, Reclamos Penales o denuncias Administrativas, relacionadas con hechos inesperados producidos durante la correcta práctica profesional.

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